sábado, 1 de julio de 2017

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NÄNTE

Fundado como una firma de abogados dedicada a servicios jurídicos y administrativos. Tratamos sus problemas presentes, evitando futuros. En muchas ocasiones, se puede encontrar en una situación que no había previsto, un accidente de tráfico o en el trabajo, la creación de una sociedad, un contrato de arrendamiento, incidentes en la compra de una vivienda etc. Si usted tiene dudas sobre cuál será la forma de actuar, si necesita consejo legal, si quiere contar con un equipo de profesionales volcado con sus intereses, NÄNTE es un despacho en quien confiar, quien le proporcionará la asesoría e información necesaria para tomar la mejor decisión en un procedimiento legal, contar con asesoría jurídica y profesionales le aportara la tranquilidad que requiere.

Nuestro Compromiso





Nuestra Misión




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¿Qué puedo poner en mi testamento?

Dentro de la redacción de un testamento se determinan principalmente dos cosas: Aquellos que serán los herederos y la forma en que se repartirá la herencia.

Inicialmente se designan a los herederos, quienes por principio pueden ser cualquier persona nombrada por el testador, incluso podemos designar personas que los sustituyan en caso de que el heredero muera antes que el autor del testamento.

Por herencia entenderemos el conjunto de bienes, derechos y obligaciones del testador, en la herencia se pagan primero las obligaciones y después se repartan los derechos y obligaciones entre los herederos, normalmente se les otorga el porcentaje que el testador determine para cada uno de los herederos, con lo cual todos se vuelven copropietarios de la totalidad de la masa hereditaria.

Los testamentos permiten también una figura especial que se llama legado, en donde podemos estipular que una cosa determinada le corresponda a la persona que designemos, por lo que se logra mas claridad en lo que respecta a bienes específicos.

También se pueden señalar ciertas condiciones para la herencia o los herederos, las cuales deben de ser lícitas y posibles, por lo que recomendamos contar con una buena asesoría para conocer cuales son aquellas condiciones que si podemos incluir dentro de nuestra disposición testamentaria.

Incluso también podemos hacer reconocimiento de hijos dentro de los testamentos, con lo cual muchas personas cumplen con alguna obligación pendiente respecto de los mismos.

El alcance y posibilidades de un testamento está limitado, la mayor de las veces, por el desconocimiento de esta herramienta, por lo que recomendamos que tomen asesoría antes de la elaboración del mismo.

Nosotros podemos ayudarle.

http://www.nante.mx/que-puedo-poner-en-mi-testamento/


¿Cuándo debo de realizar mi testamento?

Normalmente se considera que el Testamento es un documento que elaboran las personas que se encuentran próximos a morir, sin embargo esto es un problema cultural, ya que en realidad no sabemos el momento en el que dejaremos de existir, por lo que contar con un testamento, sin importar la condición de salud es lo más recomendable.

Por regla general, una persona puede realizar su testamento a partir de los 16 dieciséis años de edad hasta cualquier edad, siempre y cuando se demuestre que goza plenamente de sus facultades mentales.

Durante el mes de Septiembre de cada año se realiza una campaña para ofrecer un precio menor por parte de las notarias públicas de todo el país, lo cual es un beneficio para la economía familiar, ya que se puede aprovechar este programa y obtener un doble beneficio.

Sin embargo en cualquier época del año puede acudir ante un notario para la realización de su testamento, con lo cual puede ahorrar procedimientos judiciales y disputas entre sus herederos, al dejar clara y precisa la voluntad respecto de su patrimonio.

Respondiendo a la pregunta que abre esta publicación, el mejor momento para hacer el testamento es hoy, y nada mejor que realizarlo contando con una buena asesoría de las características y posibilidades para la elaboración del mismo.

Nosotros podemos ayudarle para brindar una asesoría completa para la mejor determinación de su disposición testamentaria.

http://www.nante.mx/cuando-debo-de-realizar-mi-testamento/


¿Qué pasa con la herencia de una persona que fallece sin dejar testamento?

De una manera muy simple podemos decir que no pasa absolutamente nada si una persona fallece sin dejar testamento, incluso es lo más común dentro de nuestra sociedad ya que la cultura del testamento aún no permea dentro de nuestras costumbres.

Al fallecer una persona que no ha dispuesto nada en un testamento u otra disposición similar, todo su patrimonio, formado por los bienes, derechos y obligaciones, se reparten por partes iguales entre sus herederos.

Sin embargo el problema aparece al determinar quiénes son los herederos, ya que al no existir disposición testamentaria, el derecho vigente determina quienes son aquellos beneficiados de dicha masa hereditaria.

La regla general nos dice que los parientes más próximos excluyen a los más lejanos, en lo que refiere a herencia, por lo que si existen hijos y hermanos de una persona que ha fallecido, los hijos serán los herederos, y de no existir estos, serían los hermanos del autor de la sucesión.

Cada situación particular tiene una solución contemplada dentro de la legislación civil, determinando quienes tienen derecho a heredar y en su caso la proporción en la que les corresponde.

Está contemplado incluso la probabilidad de que no exista heredero alguno, por lo que se designan como herederos a instituciones públicas, la intención final es que no quede patrimonios vacantes.

Para asegurarnos que las personas que deseamos reciban realmente la herencia que les queremos dar, lo más recomendable es elaborar un testamento y simplificar los procesos a los herederos.

Nosotros podemos ayudarte.

http://www.nante.mx/que-pasa-con-la-herencia-de-una-persona-que-fallece-sin-dejar-testamento/


¿Puedo heredar en vida a mis hijos?

Es muy común que escuchemos que a tal o cual hijo ya se le entregó su “herencia en vida”, siendo esto un acto de buena fe en donde las personas les ceden a sus hijos o cualquier otra persona ciertos bienes, esperando que se den por satisfechos de su herencia.

Sin embargo esto es totalmente falso, ya que en vida no se puede heredera, ya que esto deriva precisamente de que el titular de los derechos a heredar fallezca previamente, por lo que en realidad lo que se hace al entregar bienes de manera gratuita a otras personas en vida es una donación.

Cuando entre los herederos se encuentran claros los deseos del autor de la sucesión regularmente no hay problemas y aquellos que recibieron en vida algún bien, ceden sus derechos hereditarios a los otros, sin embargo, no se encuentran obligados a dicha acción, por lo que lo mas recomendable es realizar un testamento, donde se especifique claramente quienes tienen derecho a la herencia, excluyendo a los que ya recibieron algo en vida del testador.

Recomendamos ampliamente que todos los actos en que se realizan traslaciones de dominio, se cuente con los documentos y/o trámites necesarios, para evitar problemas futuros tanto a los que otorgan como a los que reciben.

Nosotros podemos brindarles la asesoría que requieren, quedamos a sus órdenes.

http://www.nante.mx/puedo-heredar-en-vida-a-mis-hijos/

¿Qué pasa si mi propiedad está intestada?

Es muy común que tras fallecer una persona propietaria de un inmueble se posterguen los trámites para realizar el procedimiento sucesorio correspondiente, lo cual se hace por respeto a la memoria del difunto o por no parecer interesados en la herencia, sin embargo esta situación se prolonga normalmente por años y es hasta que se presenta algún inconveniente que las personas deciden regularizar sus propiedades.

Lo más recomendable es realizar los procedimientos necesarios para regularizar la propiedad, ya que ante terceros la propiedad pertenece a la persona que ya falleció, por lo que cualquier acto relacionado con la misma no podrá ser realizado al no existir el legal propietario.

Lo anterior va relacionado con cualquier problema que se presente, pero incluso con la posibilidad de realizar cualquier acto jurídico, como vender la propiedad, donarla, darla en garantía, etc.

El procedimiento para regularizarla en esencia es un procedimiento sucesorio, en el cual, si somos los herederos, podremos legalmente inscribir nuestra propiedad en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

Nosotros podemos brindarte la asesoría para regularizar tu propiedad, quedamos a tus órdenes para cualquier duda o comentario.

http://www.nante.mx/que-pasa-si-mi-propiedad-esta-intestada/


¿Cuánto corresponde de pensión alimenticia a mis hijos?

Frecuentemente nos preguntan nuestros clientes sobre la cantidad que corresponde por concepto de pensión alimenticia, lo cual lo mencionan las reglas de los procedimientos familiares y tiene en consideración dos puntos:

Las necesidades de los que reciben los alimentos y la capacidad de quien debe otorgarlos.

El primero de los puntos consiste en determinar cuales son las necesidades de las personas que van a recibir los alimentos, la intención es que su nivel de vida se mantenga en las mismas condiciones y en su caso se realicen las adecuaciones al crecimiento del beneficiario, ya que no serán las mismas necesidades para un menor de 1 año de edad que uno de 16 años, ni si tiene alguna necesidad específica.

En cuanto a la capacidad de quien puede otorgarlos nos referimos principalmente al campo económico, ya que por principio no se puede dar más de lo que se tiene, en este caso generalmente las pensiones se toman en referencia a una proporción de los ingresos de la persona que va a proporcionar los alimentos.

Cabe señalar que en ningún caso la pensión alimenticia se podrá dejar de otorgar bajo la premisa de que no se cuenta con ingresos, ya que la obligación de proporcionar alimentos siempre será primordial sobre cualquier otra cuestión.

Si tiene alguna duda sobre los montos o porcentajes que corresponden a su caso particular, no dude en asesorarse con nosotros para solucionar sus inquietudes.

http://www.nante.mx/cuanto-corresponde-de-pension-alimenticia-a-mis-hijos/